
El Gobierno implementó cambios relacionados con el proceso de aprobación de las importaciones de servicios. A través de una resolución oficial, la AFIP y la Secretaría de Comercio introdujeron una serie de plazos cuyo impacto será positivo en algunos aspectos y negativo en otros, de acuerdo con los especialistas.
Esto se debe a que las solicitudes de las SIRASE -pagos de servicios-, hasta hoy, no tenían un plazo de contestación establecido para el Estado. Por lo tanto, si los organismos intervinientes no contestaban en un mes, los trámites se caían, implicando problemas para las empresas.
Ahora, la AFIP y la Secretaría de Comercio tendrán la obligación de contestar en un plazo no mayor a 60 días corridos desde la carga de información. Sin embargo, podrán ampliarlo hasta 120 días cuando “la complejidad de la cuestión lo amerite”.
Si bien podría interpretarse como una buena medida para los importadores, la resolución alarga, en la práctica, la aprobación de las autorizaciones. En el escenario previo a esta decisión, la empresa perdía tiempo (30 días), pero podía volver a intentar pedir la aprobación. A partir de este momento, podrían tener sus solicitudes congeladas hasta un máximo de 120 días.
Por otro lado, las declaraciones juradas tendrán una mayor vigencia, de 90 días corridos desde la carga de información en SIRASE, y las que estén aprobadas serán válidas por 30 días corridos desde que se adquirió ese estado. Esto es una noticia positiva para las empresas.
Fuente: La Nación
Link: https://www.lanacion.com.ar/economia/dolar-el-gobierno-dispuso-cambios-en-el-regimen-para-aprobar-importaciones-nid31032023/
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